Número 5
En Otras Palabras / In Other Words
Número 5
ISSN 3008-9204
Revista de Estudios de Traducción y Comunicación Intercultural del Traductorado Público de la Universidad Nacional de Lanús

Traducción en Acción / Translators at Work

Entre lenguas y expedientes judiciales

El traductor público como perito intérprete en su rol de auxiliar de la justicia

«Todo documento que se presente en idioma extranjero ante reparticiones, entidades u organismos públicos, judiciales o administrativos del Estado Nacional […] debe ser acompañado de la respectiva traducción al idioma nacional, suscripta por traductor público matriculado […].» y «El traductor público está autorizado para actuar como intérprete […].» Así rezan el art. 3 y 6 de la ley 20305 y da lugar, de manera indubitada, a la intervención del traductor público en el ámbito judicial. La Constitución Nacional, los tratados de derechos humanos con jerarquía constitucional y distintos instrumentos nacionales e internacionales protegen, de manera directa o indirecta, el derecho a comprender y ser comprendido. Dentro de estas normas, se encuentra la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que reconoce el derecho del inculpado a ser asistido gratuitamente por un intérprete a cuando no comprende o no habla el idioma del tribunal. La cuestión lingüística deja, entonces, de ser equivalente a «decir lo mismo en otra lengua» para convertirse en una cuestión de acceso a la justicia y de garantía del debido proceso.

Una competencia exclusiva y una responsabilidad profesional

En la República Argentina, la interpretación pericial en sede judicial constituye una competencia exclusiva de los traductores públicos matriculados e inscriptos para actuar ante la Justicia. La norma IRAM 13613 sobre interpretación jurídica contribuyó a precisar esta figura y, en articulación con la IRAM 13650 sobre traducción pública, delimitó con mayor claridad el perfil del profesional llamado a intervenir como perito intérprete en causas judiciales.

El título y la matrícula, sin embargo, son apenas el punto de partida. Interpretar en un entorno jurídico exige comprender el discurso legal y los sistemas jurídicos involucrados; reconocer registros formales e informales, acentos y variedades lingüísticas; dominar técnicas y modalidades de interpretación; manejar adecuadamente las herramientas de trabajo y desarrollar una sólida competencia intercultural. A ello se suma una exigencia central: transmitir el mensaje con precisión, fidelidad e imparcialidad, sin agregados ni omisiones. La formación continua se entiende, por lo tanto, ya no como un mérito adicional, sino como una condición del ejercicio responsable. No en vano el artículo 5 del capítulo IV «DEBERES DEL TRADUCTOR PÚBLICO INHERENTES A LA PROFESIÓN» del Código de Ética del Colegio de Traductores Públicos de la Ciudad de Buenos Aires reza que el traductor público «debe procurar un adecuado perfeccionamiento profesional que le permita desempeñarse con la idoneidad requerida en cada caso.»

Implicancias de las pericias de interpretación

Además, la interpretación pericial presenta una dificultad que la distingue, en buena parte, de la traducción pericial: ocurre en vivo. No hay una segunda lectura ni la posibilidad de corregir la versión antes de la entrega. El discurso original puede llegar cargado de vacilaciones, repeticiones, silencios, cambios de tono, ironía, enojos, ademanes corporales o expresiones ofensivas. Esos rasgos no son necesariamente accesorios. Pueden reforzar, debilitar o incluso contradecir el contenido verbal y, en determinados contextos, adquirir relevancia jurídica.

Por esa razón, “mejorar” la forma de expresarse de una persona, suavizar un insulto, completar una frase vacilante o eliminar una repetición puede alterar información que el juez o el tribunal necesitan percibir. Las normas IRAM aplicables ponen especial atención en estos elementos paralingüísticos y en la necesidad de conservar, entre otros aspectos, indecisiones, inicios tentativos y repeticiones. La fidelidad no se agota, entonces, en las palabras: también impacta en la manera en que se produce el mensaje.

Lejos de ser una práctica fosilizada, la interpretación judicial también se ve atravesada por las innovaciones tecnológicas en materia de telecomunicaciones. La pandemia de COVID-19 obligó a repensar las formas en las que los operadores judiciales interactuaban con los demás actores y justiciables, y se incorporaron nuevas y novedosas modalidades para llevar adelante las actuaciones judiciales, como las audiencias por Zoom y WhatsApp, entre otras. Sin embargo, estas audiencias remotas, ya incorporadas a la práctica judicial a través de plataformas de videoconferencia, agregaron nuevas dificultades para captar y reproducir estos matices y plantean nuevos desafíos para las técnicas de interpretación y la labor pericial.

El backstage de la práctica profesional

La actuación pericial no comienza ni termina cuando el intérprete toma la palabra. Inscribirse para actuar como perito, aprobar el nuevo curso de actuación pericial del SUAPM, aceptar el cargo, comprender el objeto de la intervención, interpretar los puntos periciales, cumplir los plazos, realizar presentaciones judiciales, responder eventuales observaciones y seguir la regulación y el cobro de honorarios forman parte de una práctica profesional con reglas propias, muy distintas al acto en sí de interpretar (o traducir). El conocimiento del laberinto de la práctica procesal resulta especialmente importante para quienes dan sus primeros pasos en los tribunales y expedientes electrónicos.

De allí que la revalorización de esta competencia profesional exclusiva requiera algo más que capacitación teórica. Los cursos de capacitación, las mentorías in situ, el acompañamiento de peritos noveles y los espacios de intercambio entre colegas con distintas trayectorias pueden tender un puente necesario entre la formación académica y la realidad cotidiana de los tribunales. Del mismo modo, las condiciones materiales en las que se interpreta y una retribución acorde con la responsabilidad asumida inciden directamente en la calidad de la labor profesional.

La voz debida para el debido proceso

Para los estudiantes de traducción pública, acercarse a la labor pericial permite advertir con particular claridad la dimensión jurídica y social de la profesión. Para quienes ya ejercen, supone el desafío permanente de actualizar conocimientos y revisar prácticas. El perito intérprete no decide, no asesora a las partes ni reemplaza al juez: construye el canal lingüístico que permite que cada uno cumpla su función. Cuando de su voz depende que una persona pueda entender qué sucede y, a la vez, hacerse entender ante quienes deben escucharla, la interpretación deja de ocupar un lugar secundario y se convierte en un elemento concreta para que se pueda administrar justicia de manera efectiva.

Sobre el autor

Juan Manuel Olivieri es Traductor Público en idioma alemán e inglés graduado de la Universidad de Buenos Aires y de la Universidad Nacional de Lanús, respectivamente, y posee títulos de posgrado en Traducción e Interpretación por la Universidad de Sevilla (España) y la Universidad de Friburgo de Brisgovia (Alemania). Está matriculado en el Colegio de Traductores de la Ciudad de Buenos Aires y en el Colegio de Traductores e Intérpretes de la Provincia de Buenos Aires, Regional San Isidro. Es traductor e intérprete independiente desde 2003 y profesor titular de las materias Lengua Inglesa I y II y del Seminario optativo de Introducción a la Interpretación en el traductorado público en inglés en la UNLa y profesor titular de las materias Estudios Lingüísticos Contrastivos y Taller de Interpretación Consecutiva en el traductorado en idioma alemán en la UBA. Su especialización profesional está vinculada al área jurídica, educativa y económico-financiera. Sibarita de la cocina internacional, suele recorrer el mundo en busca de anécdotas gastronómicas y lingüísticas para sazonar su actividad profesional.

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